CONTRATO A TIEMPO PARCIAL CON VINCULACIÓN FORMATIVA
MODALIDAD DE CONTRATO BONIFICADAEl incentivo fundamental para las empresas que contraten mediante el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa es una reducción del 100% de las contingencias comunes en los seguros sociales (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores). En esta sección le explicamos en qué consiste esta modalidad de contrato, cada una de las condiciones y requisitos del contrato que tiene que cumplir tanto el trabajador que va a ser contratado como la Empresa.
INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL CON VINCULACIÓN FORMATIVA
El contrato a tiempo parcial con vinculación formativa es una modalidad de contrato bonificada que se creó con la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. El incentivo fundamental para las empresas que contraten mediante el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa es una reducción del 100% de las contingencias comunes en los seguros sociales (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores). El resto de contingencias se pagarán de forma ordinaria, según corresponda. Esta reducción podrá aplicarse durante al menos 12 meses, siempre y cuando se respeten las condiciones y requisitos del contrato. El incentivo podría prorrogarse otros 12 meses en los casos en los que el trabajador todavía compatibilice empleo y formación.
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL CON VINCULACIÓN FORMATIVA
- Jornada a tiempo parcial. En ningún caso podrá ser superior al 50% sobre la jornada a tiempo completo. Solo se puede ampliar hasta el 75% de la jornada, si la empresa lo desea, cuando se realiza con jóvenes inscritos en Garantía Juvenil.
- El trabajador deberá compatibilizar empleo y formación, o haberla realizado durante los 6 meses previos al contrato.
- Durante toda la vigencia del contrato deberá mantenerse el nivel de empleo alcanzado.
- Se podrá realizar por duración determinada o por tiempo indefinido.
- Se formalizará por escrito.
En lo no previsto en la Ley 11/2013, será de aplicación, respecto a las reducciones, la sección I, del capítulo I, de la Ley 43/2006.
REQUISITOS PARA EL TRABAJADOR
Para poder acceder a este tipo de modalidad, es fundamental que el trabajador sea menor de 30 años y esté inscrito como demandante de empleo. En caso de tener un grado de discapacidad reconocido de al menos un 33%, el límite máximo de edad será de 35 años. Además de estos, deberá cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Estar inscrito como demandante de empleo durante 12 meses, de los 18 meses anteriores al momento del alta del contrato.
- No disponer de experiencia laboral o que ésta sea inferior a 3 meses.
- Proceder de otro sector de actividad. Por otro sector se entenderá que haya trabajado bajo otro CNAE diferente.
- No tener formación oficial de ESO, FP o Certificado de Profesionalidad.
- Estar inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA EMPRESA
Este contrato lo podrán realizar tanto empresas, como trabajadores autónomos. Siempre que no hayan realizado un despido improcedente en los 6 meses previos a la fecha de alta del contrato a tiempo parcial. Además, no podrán estar en situación de deuda con Hacienda o Seguridad Social. Te recomendamos comprobar que todo está correctamente, antes de dar el alta.
¿EN QUÉ CONSISTE LA FORMACIÓN DE ESTE CONTRATO?
El trabajador realizará una acción formativa por un mínimo de 90 horas, en los 6 meses previos o durante el contrato. La realización de esta formación es obligatoria. La acción formativa podrá ser:
- Formación acreditable oficial o promovida por el SEPE.
- Acciones formativas de idiomas o tecnologías de la información y comunicación.
Si la formación se realiza una vez contratado el trabajador, además la empresa podrá bonificar el importe de ésta mediante el crédito disponible para formación programada, por lo que le puede salir a coste 0 €